Vía Pública

Vía Pública

Permiso de instalación de rótulos
Toda instalación de rótulos deberá ser autorizada por el departamento de Urbanismo, indicando el período correspondiente de instalación.
Instalación de Mantas
Las mantas según su temporalidad, tamaño, material y ubicación, se instalarán en el derecho de vía de las calles de la ciudad, siempre y cuando no se ubiquen en las intersecciones, no interrumpan el tráfico, la visibilidad de la señalización vial, y que por su ubicación no representen peligro inminente para los peatones.
Permiso de instalación de casetas
Será permitido únicamente el uso de casetas para quioscos informativos, venta de periódicos y/o revistas, alimentos y bebidas (no alcohólicas) preparados y empacados, con dimensiones de 2.00 m2 máximo. La localización exacta de la caseta deberá corresponder con espacios públicos, plazas y aceras con anchos mínimos de tres metros.
Instalación de toldos y carpas
Se permitirá la instalación temporal de toldos y carpas desmontables en la realización de ferias y concentraciones políticas, religiosas, culturales y comerciales. Para su instalación no se permite la ruptura del pavimento, andenes o fijación a paredes y postes.
Solicitud de Reserva de Aparcamiento
Se autorizan reservas de aparcamiento individual y múltiple pagando la tasa anual por su ocupación, de acuerdo a la superficie. Consultar Ley de Tránsito. El área de aparcamiento deberá delimitarse únicamente con pintura o cal.
Permiso Ruptura de calle, acera, anden o cuneta.
Se autorizará, previo depósito del costo total de la obra, la ruptura de la calle, acera, andén o cuneta, para la introducción, mantenimiento o reposición de redes de infraestructura como: agua potable, drenaje sanitario o pluvial, acometida eléctrica o de otro sistema alámbrico.
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