Vía Pública
Vía Pública
- Permiso de instalación de rótulos
- Toda instalación de rótulos deberá ser autorizada por el departamento de Urbanismo, indicando el período correspondiente de instalación.
- Instalación de Mantas
- Las mantas según su temporalidad, tamaño, material y ubicación, se instalarán en el derecho de vía de las calles de la ciudad, siempre y cuando no se ubiquen en las intersecciones, no interrumpan el tráfico, la visibilidad de la señalización vial, y que por su ubicación no representen peligro inminente para los peatones.
- Permiso de instalación de casetas
- Será permitido únicamente el uso de casetas para quioscos informativos, venta de periódicos y/o revistas, alimentos y bebidas (no alcohólicas) preparados y empacados, con dimensiones de 2.00 m2 máximo. La localización exacta de la caseta deberá corresponder con espacios públicos, plazas y aceras con anchos mínimos de tres metros.
- Instalación de toldos y carpas
- Se permitirá la instalación temporal de toldos y carpas desmontables en la realización de ferias y concentraciones políticas, religiosas, culturales y comerciales. Para su instalación no se permite la ruptura del pavimento, andenes o fijación a paredes y postes.
- Solicitud de Reserva de Aparcamiento
- Se autorizan reservas de aparcamiento individual y múltiple pagando la tasa anual por su ocupación, de acuerdo a la superficie. Consultar Ley de Tránsito. El área de aparcamiento deberá delimitarse únicamente con pintura o cal.
- Permiso Ruptura de calle, acera, anden o cuneta.
- Se autorizará, previo depósito del costo total de la obra, la ruptura de la calle, acera, andén o cuneta, para la introducción, mantenimiento o reposición de redes de infraestructura como: agua potable, drenaje sanitario o pluvial, acometida eléctrica o de otro sistema alámbrico.












